Sobre Estado, sociedad civil y educación. ¿Quién debe impartir educación?

Uno de los rasgos constitutivos de la modernidad consiste en asentar nuevas bases de la legitimidad para el ejercicio del poder político y jurídico. En otras palabras, la caída del Absolutismo Monárquico se asentó en la idea de constituir un Estado en base a la suma de voluntades de individuos libres e iguales, que deciden asignar el ejercicio del poder a una o más instancias a las que se le otorga plena autoridad.

Los rasgos distintivos de la modernidad son: el afianzamiento del individuo, la revalorización de la naturaleza y concebir al conocimiento como vía para emancipar al individuo. Sin embargo, la modernidad aun nos presenta algunas tensiones irresueltas, una de ella es: ¿Cómo formar individuos libres, reflexivos críticos y creativos? (Casali, Geneyro y Puig, 2012, P. 66-73) En este escrito nuestro objetivo fundamental es presentar diferentes posturas sobre quién debe instruir al individuo. Existieron dos grandes corrientes de pensamiento sobre quien tiene la atribución de la educación: ¿el estado o la sociedad civil?[i]. A continuación tomaremos dos autores representativos de cada una de estas posiciones.

Condorcet (1743-1794)

Condorcet es considerado el “último de los filósofos” de la Ilustración Francesa y “el último de los enciclopedistas”. En palabras del propio autor, es el poder público, el Estado, quien tiene la obligación de garantizar la instrucción nacional, lo cual se convierte además en un deber de justicia. Esta obligación implica el deber de dirigir la enseñanza de manera que la perfección de las artes aumente el disfrute de la generalidad de los ciudadanos y el bienestar de quienes la cultivan. El primer cuidado debe ser lograr una educación tan igual y tan universal y completa como sea posible, de manera que no debe negarse a ninguna porción de la ciudadanía la instrucción más elevada que sea posible. La instrucción debe ser además tan independiente de cualquier autoridad política como sea posible. La autoridad que debe supervisar los establecimientos de instrucción y establecer los contenidos es una Academia Nacional de Ciencias[ii].

Además, es importante destacar que Condorcet también menciona los medios indirectos de educación, tales como: fechas patrias, conmemoraciones de gestas y próceres de la nación y de las ciudades con el fin de excitar sentimientos de libertad, de independencia y devoción por la patria. Por otra parte, el autor presenta una reivindicación muy temprana de los derechos de ciudadanía plena de la mujer. (Casali, Geneyro y Puig, 2012, P. 66-73) Como pudimos notar, Condorcet es un autor que, al calor de la Revolución Francesa y la caída del Antiguo Régimen, expone claramente los límites de la ley para alcanzar principios libertad e igualdad de los individuos. Para alcanzar estos objetivos, la instrucción es un aspecto fundamental. Siguiendo este razonamiento, es el Estado quien debe asegurar a cada quien la facilidad de perfeccionar la industria y hacerse capaz de cumplir las funciones sociales a las que tiene derecho a ser convocado. La instrucción general a cargo del Estado tiene la posibilidad de establecer entre los ciudadanos una igualdad de hecho y convertir esa realidad en igualdad política reconocida por ley. (Condorcet, 1997, Pp. 251-253) Nosotros asumimos que Condorcet es un filósofo que permite reflexionar y dar cuenta de la responsabilidad indelegable del Estado para asegurar el ejercicio de una individualidad crítica y responsable, a partir de los derechos consagrados en las leyes. Para este fin es fundamental la instrucción y garantizar el derecho a la educación para todos los miembros de la sociedad.

J. S. Mill

Otro de los autores que analizaremos a fines de este escrito a J. S Mill. Considerados unos de los filósofos británicos más importantes del siglo XIX, lleva a su apogeo las tesis del liberalismo. Las categorías centrales que sustentan la trama de sus argumentos y propuestas son: libertad, felicidad, individualidad y responsabilidad sobre las propias acciones. El desafío que atraviesa Mill a los largo de sus escritos es conciliar el interés privado de cada quién, guiado por su egoísmo, y el interés general. Siguiendo al propio autor podemos afirmar que las leyes, la educación y la opinión pública  constituyen para él los recaudos que pueden atemperar y regular el interés privado. Sin embargo, algo debe tomarse en consideración: la mayor libertada para todos conlleva necesariamente la menor intervención estatal en los asuntos públicos y privados. En otras palabras, Mill presenta fuertes objeciones al intervencionismo estatal.

El cuestionamiento al intervencionismo estatal de Mill también llega al ámbito de la educación. A diferencia de Condorcet, Mill manifiesta que la educación es incumbencia del padre y los ámbitos educativos son incumbencia de la sociedad civil y la iniciativa privada, como cualquier otro servicio o actividad social. Para Mill, la menor intervención posible del Estado es deseable en tanto que cualquier función o servicio que se le asigne al Estado generará una mayor dependencia de los individuos, una mayor burocracia lo que resultaría en un aumento innecesario del poder del Estado[iii]. Este posicionamiento puede entenderse si tenemos en cuenta que Mill es uno de los más entusiastas expositores sobre la confianza en el progreso indefinido de la humanidad durante el siglo XIX. Para filósofos como él, el Estado debe garantizar la seguridad de vida y propiedad de los individuos. Así el incremento de la riqueza y producción material, el aumento de la población en los países “civilizados” y el creciente impacto del conocimiento científico en actividades productivas permitirían un mayor dominio del hombre sobre la naturaleza y redundaría en el progreso social indefinido y perpetuo. (Casali, Geneyro y Puig, 2012, Pp. 103-107) 

Como hemos podido observar, las posturas de Mill y Condorcet en torno a quien debe impartir educación son radicalmente opuestas. Mientras que para Condorcet ésta es una atribución esencial del Estado, para Mill de esto debe encargarse la sociedad civil. Sin embargo, debe mencionarse que la postura de este último está ligada a la idea de progreso propias de los siglos XIX. En el XX estos ideales parecieron al menos debilitarse ante lo que Hobswanm denomina la era de las catástrofes y el avance de los estados totalitarios. (Hobsbawn, 1995, Pp. 30-51) El siglo XXI no parece presentar avances al respecto. Ante esta situación creo que debemos volver a las teorías de Condorcet, pues a pesar de la implementación de ideas neoliberales que promueven el achicamiento del Estado, estamos observando fenómenos de concentración de la riqueza y aumento de la desigualdad. Ante esto es necesario recuperar al autor francés, quien esbozó algunos principios que pueden asemejarse con las ideas de justicia social en materia de educación.


[i] Para la mayoría de los pensadores de la modernidad, la educación es un aspecto fundamental para la formación del ciudadano y el ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

[ii] Es importante señalar que existen otros autores que también destacan el papel del Estado como responsable de impartir educación, estos son: Durkheim y Comte, que a su vez reconocen avances de Rousseau y Locke

[iii] En palabras del propio Mill: “Me opondré tanto como el que más a que toda o una gran parte de la educación del pueblo se ponga en manos del Estado. Todo cuanto se ha dicho sobre la importancia de la individualidad de carácter y la diversidad de opiniones y conductas, implica una diversidad de educación de la misma indecible importancia. Una educación general del Estado es una mera invención para moldear al pueblo haciendo a todos exactamente iguales” (Mill, 1981, P. 194)

Bibliografía

Casali, C; Geneyro, J. & Puig, R. (2012). Filosofía de la educación. Carpeta de trabajo. Buenos Aires: Universidad Virtual de Quilmes.

Condorcet, M. (1997). Bosquejo de un cuadro histórico de los progresos del espíritu humano y otros textos. México: Fondo de Cultura Económica.

Hobswam, E. (1995). Historia del siglo XX. Buenos Aires: Siglo XXI editores.

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